ATENTO

Verificarán beneficios para los trabajadores extranjeros

26/7/2019

 

 

Los trabajadores extranjeros con o sin contrato laboral escrito y aprobado por la autoridad administrativa de trabajo (AAT) competente tienen derecho a los beneficios laborales previstos en el régimen privado, sin perjuicio de las infracciones respectivas.

Esto se desprende del protocolo de fiscalización del cumplimiento de las disposiciones referentes a la contratación de trabajadores extranjeros aprobado por la Sunafil, explicó el laboralista César Puntriano Rosas.

Lineamientos

Según este documento, si el inspector verifica que el empleador no entregó copia del contrato al trabajador extranjero en tres días hábiles desde el inicio de sus labores, o que este último labora sin contrato escrito o sin que haya sido aprobado por la AAT, el empleador incurriría en infracción leve, grave o muy grave, respectivamente. Este último sancionable hasta con 56,700 soles, 94,500 o 189,000 soles en cada caso, si se afecta a más de 1,000 trabajadores.

Si se detecta además al trabajador extranjero laborando sin la condición migratoria habilitante, se comunicará esta situación a Migraciones. 

El protocolo recoge la metodología de la legislación vigente para la determinación de los porcentajes limitativos de trabajadores extranjeros, vale decir su número no puede superar al 20% del total de trabajadores de la empresa ni sus remuneraciones el 30% del valor de la planilla. 

Puntriano considera importante que se haya considerado tanto a la remuneración en dinero como en especie para determinar esos porcentajes.

De acuerdo con el mencionado protocolo, el inspector también verificará la veracidad de la información o documentación presentada para la exoneración de esos límites. Esto en coordinación con la AAT, considerando la información que esta tiene en su poder, detalló el experto que se desempeña como socio del Estudio Muñiz.

Personal venezolano

En caso los trabajadores venezolanos posean permiso temporal de permanencia (PTP) o acta de permiso de trabajo extraordinario provisional (APTE-P) no se verificará la aprobación del contrato de trabajo por la Autoridad de Trabajo, explicó Puntriano. Pero si el trabajador venezolano no tiene vigente el PTP ni el APTE-P, el inspector verificará si se celebró un contrato escrito de acuerdo a ley, agregó.

Apunte

La finalidad de la fiscalización es velar por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Legislativo N° 689, Ley para la contratación de trabajadores extranjeros y su reglamento. fuente:ELPERUANO