ATENTO

Empresas deben depositar CTS. EL 15 DE ESTE MES VENCE EL PLAZO

Los empleadores del régimen laboral privado tienen plazo hasta el jueves 15 de noviembre para efectuar el depósito de la compensación por tiempo de servicios (CTS) de sus trabajadores correspondiente al período mayo-octubre 2018, teniendo en cuenta que no hay prórroga por caer día hábil.

10/11/2018

 

 

Deben cumplir, además, con entregar a sus trabajadores la hoja de liquidación del beneficio a depositar bajo cargo dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) podrá multar hasta con 93,375 soles a los empleadores que incumplan con efectuar dicho depósito, pues constituye una infracción grave, indicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Adicionalmente, agregó, la entidad supervisora podrá multar hasta con 56,025 soles a los empleadores que no entreguen, conforme a ley, la mencionada hoja de liquidación.

Las escalas de multas laborales vigentes se aprobaron mediante el Decreto Supremo N° 015-2017-TR, considerando los principios de razonabilidad y proporcionalidad previstos en la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, explicó el gerente legal de la CCL, Víctor Zavala Lozano.

Se trata de tres escalas de multas diferenciadas: la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (no mype), detalló.

Apunte

Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, teniendo en cuenta como base la UIT, equivalente a 4,150 soles para el 2018. fuente:ELPERUANO